miércoles, 8 de septiembre de 2010

LA NORMATIVIDAD Y LOS ASUNTOS AMBIENTALES

En todos los países del mundo la experiencia y la ampliación del conocimiento en asuntos ambientales se ha venido fortaleciendo, como una estrategia para contrarrestar los efectos de lo que conocemos como el desarrollo de la civilización. Puesto que no es posible detener el mundo para comenzar de nuevo haciendo las cosas bien, como quizás todos con un poco de ingenuo romanticismo alguna vez lo soñamos, solo queda actuar sobre los impactos ambientales, previendo e intentando limitar los futuros, a la vez que buscando alternativas para morigerar los daños irreversibles ya causados y controlando en alguna medida los que aún se encuentran en proceso.

En las sociedades actuales, descendientes de la escuela de Rousseau y de su planteamiento del Contrato Social, como un pacto tácito de respeto a los derechos de los demás y de aceptación de deberes por parte de todos sus miembros, la normatividad ambiental adquiere cada vez más relevancia y llena cada vez más páginas y folios en las bibliotecas de los expertos en derecho.

Dice el diccionario de la RAE que un contrato es un “Pacto o convenio, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas” y quizás esa expresión nos puede ayudar a comprender lo que vivimos a diario en el campo ambiental.

Pactos escritos expedidos por instancias de orden internacional que cada país acoge como propios en su legislación, los cuales propenden por unificar criterios y comportamientos orientados a la protección del ambiente, así como a establecer compromisos conjuntos para limitar el impacto ambiental; pactos escritos que se expresan en las constituciones aceptadas por cada país y otros que de ella se derivan en cadena, expedidos por las instancias que dicha Constitución autoriza, hasta llegar a los entes del orden ejecutivo que implementan normas y condiciones que propenden por limitar la acción que pueda afectar el ambiente por parte de los miembros de la sociedad y otras que incentivan y promueven el desarrollo de actividades en provecho del óptimo aprovechamiento de los recursos y la protección del ambiente.

En ese campo de la normatividad el dominio técnico de nuestros instructores y el que van adquiriendo nuestros aprendices se convierte en elemento estratégico para apoyar a las empresas en el desarrollo de procesos respetuosos de la normatividad ambiental sin afectar su productividad.

Pero también están los pactos orales, en los cuales todos y cada uno de los miembros de la sociedad actuamos y promovemos prácticas sencillas de conducta personal o colectiva que contribuyen al mejoramiento del ambiente, como cuando decidimos reciclar en nuestros hogares o en nuestro Centro de Formación, o decidimos no volver a arrojar basura a las calles e invitamos a nuestros amigos y familiares a compartir actitudes similares.

Es evidente que todos, en la medida de nuestras posibilidades y conocimientos podemos aportar al mejoramiento del ambiente, respetando las normas escritas e incentivado la cultura del respeto a la naturaleza. De esta manera contribuimos a que la palabra “civilización” pueda adquirir esa connotación positiva con la que quisiéramos que se asociara, antes que esa otra de destructora del ambiente.

Cordial saludo,
Germán E. Jiménez D.
Subdirector Centro de Gestión Industrial
SENA - Regional Distrito Capital
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